
El pasado 9 de septiembre de 2025, el juez federal William Alsup del Distrito Norte de California pospuso la aprobación preliminar del acuerdo propuesto de 1,5 mil millones de dólares entre Anthropic y un grupo de autores representados en la demanda colectiva Bartz v. Anthropic. Este desarrollo marca un momento significativo en la evolución de la jurisprudencia sobre derechos de autor e inteligencia artificial, especialmente tras las altas expectativas que generó el anuncio del que habría sido el mayor acuerdo de propiedad intelectual en la historia estadounidense.
Como analizamos en nuestro artículo anterior cuando se anunció el acuerdo, es fundamental recordar que esta indemnización histórica de 1,5 mil millones de dólares no se basa en el uso legítimo de obras protegidas por derechos de autor para entrenar modelos de IA —práctica que el tribunal ya había validado cuando el material se obtiene lícitamente— sino específicamente en la utilización de contenido pirateado.
La decisión judicial de junio estableció claramente que el entrenamiento de IA con material adquirido legalmente constituye uso legítimo, pero que la descarga de obras desde sitios de piratería representa una infracción diferente y sancionable. Las recientes objeciones judiciales revelan ahora las complejidades inherentes a la implementación práctica de tales acuerdos, especialmente cuando involucran clases numerosas de demandantes y sumas económicas sin precedentes.
Antecedentes del Caso y la Decisión Judicial Previa
La demanda colectiva, iniciada por los autores Andrea Bartz, Charles Graeber y Kirk Wallace Johnson en 2024, acusaba a Anthropic de utilizar copias pirateadas de aproximadamente 465,000 libros para entrenar su chatbot Claude. El caso adquirió particular relevancia tras la decisión mixta del juez Alsup en junio de 2025, que estableció precedentes importantes en materia de uso legítimo (fair use) en el contexto de la inteligencia artificial.
En aquella resolución, el magistrado determinó que el entrenamiento de modelos de IA con libros adquiridos legalmente constituía un uso legítimo por ser “excesivamente transformativo”. No obstante, mantuvo que Anthropic había descargado ilegalmente más de siete millones de libros digitalizados de sitios de piratería, incluyendo aproximadamente 200,000 del conjunto de datos Books3, además de millones adicionales de Library Genesis y Pirate Library Mirror. Esta distinción entre el uso legítimo del material adquirido legalmente y la adquisición ilegal de contenido pirateado se convirtió en el núcleo de la controversia que el acuerdo pretendía resolver.
Las Objeciones Judiciales: Protección de los Intereses de Clase
Durante la audiencia del 8 de septiembre, el juez Alsup expresó serias reservas sobre la estructura y completitud del acuerdo propuesto. Sus preocupaciones, manifestadas con una franqueza judicial poco común, se centraron en varios aspectos fundamentales que evidencian las complejidades de administrar acuerdos de clase de esta magnitud.
Proceso de Notificación y Reclamaciones
La principal inquietud del magistrado se relaciona con el mecanismo de notificación a los miembros de la acción de clase y el proceso de reclamaciones. Alsup expresó que tenía “una sensación incómoda sobre todos los beneficiarios que esperan en las sombras” y manifestó su preocupación de que los miembros de la clase “salgan perjudicados” una vez establecida la compensación monetaria. Esta observación refleja una preocupación legítima en el derecho de acciones colectivas: garantizar que los beneficiarios reales del acuerdo reciban una notificación adecuada y puedan ejercer sus derechos de manera informada.
El juez establece fechas límite específicas para abordar estas deficiencias: el 15 de septiembre para una lista definitiva de obras involucradas y el 22 de septiembre para el formulario de reclamaciones y procedimientos de notificación. Estas medidas buscan asegurar que el acuerdo proporcione a Anthropic la “limpieza legal” necesaria mientras protege adecuadamente los derechos de los autores afectados.
Preocupaciones sobre la Influencia de Terceros
Una dimensión particularmente interesante de las objeciones judiciales se relaciona con el papel de organizaciones como el Authors Guild y la Association of American Publishers en el proceso de acuerdo. El juez cuestionó si estas entidades estaban trabajando “detrás de escena” de maneras que podrían presionar a algunos autores a aceptar el acuerdo sin comprenderlo completamente.
Esta preocupación revela una tensión inherente en los acuerdos de clase que involucran organizaciones representativas. Mientras estas entidades aportan experiencia sectorial valiosa, su participación puede generar conflictos de interés o la percepción de que el acuerdo favorece los intereses organizacionales sobre los individuales de los miembros de la clase.
Implicaciones para la Industria Editorial y Tecnológica
Las objeciones judiciales han generado reacciones divergentes entre los actores involucrados. María Pallante, CEO de la Association of American Publishers, describió las preocupaciones del juez como “problemáticas” y argumentó que el tribunal “demostró una falta de comprensión sobre cómo funciona la industria editorial”. Esta respuesta evidencia la tensión entre las expectativas de la industria y los estándares judiciales para la protección de los derechos de clase.
Por su parte, el Authors Guild expresó confusión sobre las preocupaciones del juez respecto a su papel en el acuerdo, insistiendo en que su trabajo está diseñado para “asegurar que los intereses de los autores estén completamente representados” con “transparencia completa”. Esta divergencia de perspectivas ilustra la complejidad de gestionar los múltiples intereses en juego en litigios de esta naturaleza.
Precedentes y Tendencias en Derecho de Propiedad Intelectual e IA
El desarrollo de este caso debe entenderse en el contexto más amplio de la creciente litigación entre creadores de contenido y empresas de inteligencia artificial. Anthropic, valorada recientemente en 183 mil millones de dólares tras una ronda de financiación de 13 mil millones, forma parte de una industria que enfrenta múltiples desafíos legales relacionados con el uso de material protegido por derechos de autor.
La decisión previa del juez Alsup de que el entrenamiento con material legalmente adquirido constituye uso legítimo establece un precedente importante, al menos en el Distrito Norte de California. Sin embargo, el rechazo provisional del acuerdo sugiere que los tribunales mantendrán estándares rigurosos para garantizar que las resoluciones protejan adecuadamente tanto los intereses de los demandantes como la integridad del proceso judicial.
Perspectivas de Resolución y Consideraciones Futuras
El juez Alsup programó una nueva audiencia para el 25 de septiembre, con su característica declaración de que “veremos si puedo contener la respiración y aprobarlo entonces”. Esta formulación, aunque informal, refleja tanto la magnitud del acuerdo como las serias reservas judiciales sobre su estructura actual.
La posibilidad de que el acuerdo no sea aprobado y el caso proceda a juicio en diciembre plantea riesgos significativos para ambas partes. Para Anthropic, un veredicto adverso podría resultar en daños mucho mayores que los 1,5 mil millones propuestos, especialmente considerando que la ley de derechos de autor permite daños estatutarios de hasta 150,000 dólares por obra en casos de infracción deliberada. Para los autores, un juicio conlleva los riesgos inherentes de cualquier litigio, incluyendo la posibilidad de un resultado menos favorable.
Reflexiones sobre la Administración de Justicia en la Era Digital
Este caso ilustra los desafíos únicos que enfrentan los tribunales al supervisar acuerdos en disputas tecnológicas de alta complejidad. La insistencia del juez Alsup en procedimientos rigurosos de notificación y verificación refleja un reconocimiento de que la magnitud económica del acuerdo no debe comprometer los derechos fundamentales de debido proceso de los miembros de la clase.
La tensión entre la eficiencia en la resolución de disputas y la protección meticulosa de los derechos individuales representa un equilibrio delicado que los tribunales deben mantener, especialmente en casos que establecen precedentes para industrias en rápida evolución.
Conclusiones
El cuestionamiento judicial del acuerdo Anthropic subraya la importancia de mantener estándares rigurosos en la administración de acuerdos de clase, independientemente de su magnitud económica o relevancia mediática. Las objeciones del juez Alsup, aunque han generado incertidumbre a corto plazo, reflejan un compromiso fundamental con la protección de los derechos de los litigantes y la integridad del proceso judicial.
Para la industria de la inteligencia artificial, este desarrollo señala que los tribunales aplicarán escrutinio cuidadoso a los acuerdos que buscan resolver disputas de propiedad intelectual, requiriendo no solo compensación adecuada sino también procesos transparentes y equitativos para todos los afectados.
La evolución de este caso continuará siendo observada de cerca por profesionales del derecho, la tecnología y la industria editorial, ya que su resolución final podría establecer patrones importantes para futuras disputas en la intersección de la propiedad intelectual y la inteligencia artificial. El resultado, sea la aprobación de un acuerdo modificado o el procedimiento a juicio, contribuirá significativamente al desarrollo de la jurisprudencia en este campo emergente y crítico del derecho.
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