Carreyrou v. Anthropic: seis autores rechazan el acuerdo de 1.500 millones y demandan a toda la industria de IA

Seis autores que rechazaron el acuerdo Bartz presentaron en diciembre de 2025 una demanda individual contra Anthropic, Google, OpenAI, Meta, xAI y Perplexity AI. El expediente lleva el número 3:25-cv-10897 y ha sido asignado a la jueza Trina L. Thompson, quien también preside el caso Getty Images v. Stability AI.

El demandante más conocido es John Carreyrou, periodista de investigación del New York Times y ganador de dos premios Pulitzer, cuyo libro Bad Blood —sobre el fraude de Theranos— ha vendido millones de ejemplares en todo el mundo. Le acompañan otros cinco autores: Lisa Barretta, Philip Shishkin, Jane Adams, Matthew Sacks y Michael Kochin. Ninguno decidió demandar como miembro de una acción colectiva, y esa elección procesal no es casual; es el argumento central del caso.

Lo que distingue a esta demanda en términos de estructura es su relación con otro litigio que ya hemos comentado: el caso Bartz v. Anthropic, que culminó en septiembre de 2025 con un acuerdo de 1.500 millones de dólares aprobado preliminarmente por el juez William Alsup. Los seis demandantes en Carreyrou optaron expresamente por no acogerse a ese acuerdo. La razón que exponen en su escrito de demanda es sencilla pero jurídicamente potente: el acuerdo Bartz, en su opinión, sirve a las empresas de IA, no a los creadores.

La aritmética que explica la estrategia

Bajo el acuerdo Bartz, cada obra incluida en la clase recibe aproximadamente 3.000 dólares. La clase comprende alrededor de 500.000 obras. La demanda de Carreyrou cita esa cifra y la contrapone con lo que la Copyright Act of 1976 permite reclamar en casos de infracción dolosa: hasta 150.000 dólares por obra y por demandado, según la sección 504(c)(2). Con seis demandados y una pluralidad de obras entre los demandantes, la diferencia entre ambos escenarios habla por sí sola.

La demanda articula esta disparidad sin rodeos en su párrafo 13: los demandantes se niegan a tramitar sus reclamaciones como acción colectiva porque la Copyright Act les otorga el derecho a daños estatutarios individualizados, determinados por un jurado, por la infracción de cada demandado respecto de cada obra. Prefieren, en sus propias palabras, retener el control total de su caso antes que ver sus derechos diluidos en liquidaciones masivas calculadas en centavos.

Detrás de esta posición hay una lógica procesal conocida. En las class actions de copyright, el valor de recuperación individual tiende a colapsar a medida que aumenta el número de obras incluidas en la clase; el fondo disponible se distribuye entre más reclamantes. Para un autor con una o dos obras de alto valor comercial, mantenerse fuera del acuerdo colectivo y litigar de forma independiente puede resultar racionalmente superior, siempre que las perspectivas de condena superen los costes procesales. La demanda de Carreyrou, con la marca de investigación periodística de Pulitzer detrás, está diseñada para ese cálculo.

La teoría del caso: las shadow libraries como infracción doble

La demanda articula una única acción de infracción directa bajo la Copyright Act, pero la estructura de la infracción que denuncia es bífida. El escrito sostiene que los demandados infringieron los derechos de los autores en dos momentos distintos y acumulables. El primero, al descargar ilegalmente copias de sus obras desde lo que la demanda denomina shadow libraries, repositorios de piratería masiva como LibGen, Z-Library y OceanofPDF. El segundo, al reproducir esas obras de nuevo durante el proceso de entrenamiento de sus modelos de lenguaje.

Esta teoría no es nueva en la litigación de IA; ha sido bautizada como Shadow Library Strategy y se ha utilizado en decenas de demandas presentadas en los últimos dos años. Lo que distingue a Carreyrou es su alcance: no demanda a una sola empresa, sino a prácticamente toda la industria de grandes modelos de lenguaje en Estados Unidos. Es también la primera demanda dirigida contra xAI, la empresa de Elon Musk, por su proceso de entrenamiento, y la primera presentada por autores individuales contra Perplexity AI.

El núcleo fáctico de la teoría descansa en el dataset conocido como Books3, un corpus de millones de libros digitalizados cuya procedencia de fuentes piratas fue expuesta en un whitepaper publicado por Anthropic el 9 de diciembre de 2021. Que ese documento esté accesible públicamente a partir de esa fecha será determinante para la defensa de Anthropic, como explicamos más adelante.

La respuesta inicial de los demandados fue elocuente en cuanto a sus asimetrías. Perplexity, por boca de su director de comunicaciones, negó que indexara libros. xAI respondió escuetamente con la frase «Legacy Media Lies», sin elaborar argumento jurídico alguno. Los demás no comentaron inmediatamente. Ninguna de estas respuestas constituye, naturalmente, una defensa procesal, pero la brevedad y el tono de algunas de ellas anticipan estrategias divergentes.

La prescripción y el riesgo procesal más inmediato

Anthropic presentó su moción de desestimación en febrero de 2026, y la vista oral ha quedado fijada para el 7 de julio de 2026 ante la jueza Thompson. El argumento más relevante que esgrime Anthropic no es el de fair use, sino la prescripción: la acción por infracción de copyright en Estados Unidos caduca a los tres años desde que el demandante conoció o debería haber conocido la infracción, según la sección 507(b) de la Copyright Act.

Si el whitepaper de Anthropic sobre el uso de Books3 estuvo disponible públicamente desde el 9 de diciembre de 2021, y la demanda se presentó el 22 de diciembre de 2025, existe un lapso de aproximadamente cuatro años entre ambos hitos. Anthropic alega que la demanda no explica cuándo los demandantes descubrieron por primera vez la infracción ni aporta fundamento para el instituto de la tolling, la suspensión del plazo de prescripción. Si ese argumento prospera, las reclamaciones relativas a Books3 quedarían fuera del alcance temporal de la acción.

La respuesta de los demandantes a este argumento pasará, previsiblemente, por la doctrina de la discovery rule, aplicada en algunos circuitos para situar el dies a quo en el momento del conocimiento efectivo, no en la posibilidad abstracta de conocimiento, y por la doctrina de la continuing violation, que podría mantener abiertas las reclamaciones por los actos de copia y uso que se producen de forma iterativa durante el entrenamiento continuo de los modelos. La tensión entre ambas teorías es uno de los puntos de mayor incertidumbre doctrinal del litigio.

Una consecuencia procesal llamativa ya se ha producido: ante la moción de desestimación, Carreyrou sustituyó su participación individual como demandante por la de su empresa, Cambronne, y añadió, además, a NVIDIA y Apple como nuevos demandados en el escrito enmendado. Este movimiento en la configuración subjetiva de la demanda sugiere que los abogados de los demandantes están proponiendo distintas posiciones para maximizar la exposición procesal de la industria antes incluso de que el fondo del caso se haya ventilado.

El papel de ClaimsHero y la tensión con el juez Alsup

La demanda de Carreyrou no surgió de la nada. Detrás de la estrategia de opt-out del acuerdo Bartz se encuentra ClaimsHero, una empresa de Arizona especializada en la agregación de reclamaciones que, en el otoño de 2025, lanzó una plataforma para captar a autores incluidos en la clase Bartz e impulsarles a renunciar al acuerdo, a cambio de promesas de litigación posterior. La reacción del juez Alsup fue intensa: calificó la iniciativa como un fraude de proporciones inmensas y advirtió a los abogados vinculados a ClaimsHero que podría remitir el caso a la Fiscalía si intentaban obtener condiciones más favorables de Anthropic para sus clientes.

Que Freedman Normand Friedland LLP, el despacho asociado a ClaimsHero en el proceso de captación, sea uno de los dos despachos que representan a los demandantes en el caso que nos ocupa generó complicaciones adicionales. Los seis autores que finalmente firmaron la demanda tuvieron que comparecer ante el juez Alsup en noviembre de 2025 para acreditar que su decisión de salir de la clase fue libre e informada, y no fruto de las promesas que Alsup había calificado de engañosas. Superado ese control judicial, la demanda siguió adelante.

El episodio deja a la vista una tensión que acompaña a todo mecanismo de opt-out en las class actions: cuando el acuerdo colectivo fija un valor de reclamación considerablemente inferior al potencial estatutario, surgen incentivos para que terceros interesados, despachos especializados, agregadores de reclamaciones, capten demandantes dispuestos a litigar individualmente. El derecho procesal estadounidense permite y hasta fomenta esa dinámica; el riesgo está en la ejecución, cuando la promesa de litigio futuro se convierte en un instrumento de extracción sin respaldo real.

Lectura desde el Derecho español y europeo: la excepción de minería de datos y su opt-out

El caso Carreyrou puede leerse en clave europea. El mecanismo jurídico que en Estados Unidos se debate bajo la doctrina del fair use tiene su equivalente continental en la excepción de minería de textos y datos (Text and Data Mining, TDM) introducida por la Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor en el mercado único digital, conocida como Directiva DSMD o DSM.

El esquema europeo distingue dos supuestos. El artículo 3 de la Directiva reconoce una excepción obligatoria para organismos de investigación y patrimonio cultural: pueden reproducir y extraer contenido con fines de minería de datos sin necesidad de autorización, y sin que quepa reserva por parte del titular. El artículo 4, en cambio, establece una excepción de alcance general para cualquier usuario, pero condicionada a que el titular de los derechos no haya reservado expresamente su uso. Esta reserva debe realizarse de forma legible por máquina cuando el contenido se pone a disposición en línea, con arreglo al considerando 18 de la Directiva.

En España, esta doble estructura se incorporó al Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI) mediante el Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, de transposición de directivas de la UE en materia de recursos propios, mercados de valores, régimen cambiario y actividades de intermediación crediticia, el instrumento normativo que transpuso, entre otras, la Directiva DSMD. El nuevo artículo 67 bis del TRLPI regula la excepción de minería de datos de carácter general, condicionada, como en el modelo europeo, a que el titular no haya expresado su oposición mediante reserva técnica apropiada.

La pregunta que el caso Carreyrou plantea sobre el Derecho europeo es directa: cuando una empresa de IA descarga libros de repositorios como LibGen, plataformas de piratería masiva que distribuyen obras sin autorización, y los utiliza para el entrenamiento, ¿puede ampararse en la excepción TDM del artículo 4 del DSMD o del artículo 67 bis del TRLPI? La respuesta, a nuestro juicio, es negativa. Primero, porque la excepción TDM presupone acceso lícito a los contenidos: no puede habilitar el uso de obras obtenidas de fuentes ilegítimas, pues no cabe interpretar una excepción al derecho de reproducción de modo que legitime retroactivamente la adquisición ilícita del original. Segundo, porque la descarga masiva de libros desde repositorios piratas constituye por sí misma un acto de reproducción no autorizado, con independencia del uso posterior que se dé a las obras, lo que activa directamente el artículo 18 TRLPI.

El Parlamento Europeo llegó a la misma conclusión en su Resolución de marzo de 2026 sobre derechos de autor e IA generativa, que LAW21 analizó en una entrega reciente: la institución subrayó que las excepciones TDM no pueden amparar el uso de contenidos obtenidos de fuentes ilícitas, y reclamó a la Comisión mayor claridad normativa al respecto.

La excepción del artículo 4 DSMD tampoco operaría en los supuestos más habituales de la industria: la mayoría de los grandes titulares de derechos, editoriales, agencias literarias, plataformas de contenido, han implementado o están implementando las reservas técnicas necesarias en formatos reconocidos por el sector, como robots.txt o metatags específicos. CEDRO, la entidad española de gestión colectiva de derechos de reproducción, viene trabajando en protocolos de reserva a nivel colectivo que cubran a sus miembros. Que estos mecanismos sean efectivos o no frente a sistemas de entrenamiento que operaron sobre datasets históricos ya compilados es, sin embargo, una cuestión que el Derecho europeo no ha resuelto todavía.

Los megacuerdos no cierran el problema

El caso Carreyrou funciona, además de como demanda, como tesis sobre el valor real de los acuerdos colectivos en la litigación de derechos de autor frente a la IA. Su existencia como litigio activo demuestra que un acuerdo de 1.500 millones de dólares, el mayor de su tipo en la historia estadounidense, no basta para cerrar el mapa de reclamaciones. Mientras la aprobación definitiva del acuerdo Bartz siga pendiente, otros autores que observan una diferencia de 3.000 a 150.000 dólares por obra pueden encontrar razones económicas suficientes para seguir el mismo camino.

Las empresas de IA deberían tomar nota: cerrar un caso mediante un acuerdo colectivo no garantiza la extinción de la responsabilidad frente a quienes optaron por salir de la clase, especialmente si la base fáctica de la infracción, el uso de shadow libraries, es común a todos los modelos y a todos los demandados. El modelo de resolución mediante megacuerdos presenta un defecto congénito cuando los daños estatutarios máximos son muy superiores a la media por reclamante que el fondo puede distribuir.

En Europa, esta tensión no se plantea de la misma manera. El sistema de gestión colectiva y la estructura de licencias obligatorias tienen una tradición institucional larga, sin equivalente en Estados Unidos. La posibilidad de que entidades como CEDRO o la SGAE negocien marcos de licencia ex ante con los desarrolladores de IA, en lugar de resolver la cuestión ex post mediante litigación, es una vía que la Directiva DSMD no solo no impide, sino que implícitamente favorece al articular el mecanismo de opt-in colectivo. El Código de Buenas Prácticas de IA de propósito general que la Comisión Europea desarrolla en paralelo al AI Act es otro mecanismo que podría canalizar esa negociación antes de que proliferen los litigios individuales al estilo de Carreyrou en jurisdicciones europeas.

No hay certeza sobre cómo resolverá la jueza Thompson la cuestión sobre la prescripción. Si la moción de desestimación de Anthropic prospera en ese punto, el pleito podría quedar reducido a un perímetro temporal mucho más estrecho o bien archivado directamente. Si no prospera, el fondo del caso, y las preguntas sobre si el uso de shadow libraries configura infracción dolosa bajo la sección 504(c)(2), llegarán a un jurado. En ese escenario, la suma de 150.000 dólares por obra y por demandado dejaría de ser una amenaza abstracta.

La industria que se entrenó con libros robados y aún debate si lo sabe

La posición de los demandados plantea una paradoja incómoda que conviene no pasar por alto. Anthropic publicó un whitepaper en diciembre de 2021 en el que documentó haber utilizado Books3 para el entrenamiento. OpenAI y Meta han reconocido, en procedimientos judiciales paralelos, haber accedido a datasets con libros cuya procedencia estaba en disputa. Aun así, la primera línea de defensa en varios de estos casos no es negar el uso, sino negar que ese uso fuera doloso, o disputar si la ley aplicable permite reclamar por actos ocurridos hace más de tres años. No es una postura jurídicamente irrazonable, pero sí revela que la cuestión central, si fue lícito descargar millones de libros de repositorios piratas para construir industrias valoradas en miles de millones de dólares, sigue sin una respuesta judicial definitiva, incluso cuatro años después de que la práctica fuera documentada.

El caso Carreyrou, asignado a la misma jueza que lleva Getty Images v. Stability AI, se verá en julio de 2026. La vista en sí no resolverá el fondo del asunto; decidirá si el caso continúa. Pero lo que se argumente ante la jueza Thompson ese día, sobre prescripción, sobre el conocimiento que los demandantes debían tener del whitepaper de 2021, sobre la suficiencia de la demanda para sostener la teoría del doble acto infractor, definirá el terreno sobre el que se libren los próximos años de litigación de copyright en IA. Con o sin Carreyrou como demandante personal, su empresa y sus colegas han dejado constancia de que no todos los titulares de derechos están dispuestos a aceptar el precio que la industria considera razonable.