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La utilización segura de redes sociales y comunicaciones electrónicas puede hoy considerarse como parte de los derechos digitales fundamentales del individuo, que no debe verse expuesto en las redes a situaciones que claramente serían ilícitas y en muchos casos ilegales en la "realidad física".
La AEPD ha actualizando su guía sobre el uso de cookies para adaptarla a las Directrices sobre consentimiento modificadas en mayo de 2020 por el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) y da un plazo de tres meses para adecuarse a los nuevos criterios.
Una idea no es objeto de propiedad intelectual. Como tampoco lo son: procedimientos, métodos, sistemas o contenido ideológico o técnico de las obras científicas. Así que, ¿Qué valor tiene una idea?
¿Puede una empresa enviar comunicaciones publicitarias o promocionales sin contar previamente con el consentimiento expreso del interesado? La respuesta es que, bajo ciertas condiciones, es posible de acuerdo con la actual legislación sobre protección de datos y sobre servicios de la sociedad de la información.
Sucesos como la crisis sanitaria del COVID-19 o las protestas en Estados Unidos por comportamientos excesivamente violentos por parte de la policía, han abierto de nuevo el debate sobre la licitud del uso de software de reconocimiento facial y los riesgos que genera en determinados ámbitos. Tal ha sido el reclamo, que gigantes de la tecnología han limitado su uso a la espera de que los gobiernos aprueben una regulación ética para esta tecnología.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en su comunicado indica que la solicitud de información sobre si el candidato ha desarrollado anticuerpos al COVID-19 por haber pasado la enfermedad vulnera la normativa de protección de datos.
La Agencia de Protección de Datos ha impuesto una sanción por una infracción muy grave una empresa de recobros por haber enviado varios correos electrónicos reclamando una deuda relacionada con un microcrédito de 300€ al correo profesional de la denunciante, que se corresponde con un correo institucional al que otros compañeros de trabajo tienen acceso.
La AEPD impone una multa de 25.000€ a Glovo por no haber nombrado un Delegado de Proteccion de Datos cuando estaba obligada a ello por realizar un tratamiento masivo de datos en su actividad ordinaria.
La OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) -WIPO por sus siglas en Inglés-, ha puesto en marcha este servicio que permite generar una huella digital para acreditar que un determinado fichero existía (y estaba en nuestro poder) en el instante temporal que indica la huella digital y que no ha sido modificado desde entonces.
Las medidas de confinamiento adoptadas durante el Estado de Alarma han hecho prácticamente imposible las reuniones presenciales, y con ello la celebración de reuniones de los órganos de gobierno y administración de las personas jurídicas.
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