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Derecho de la Creación

Abogados para artes escénicas y música en vivo.

El Derecho al servicio del escenario: contratos, derechos y financiación para las artes en vivo.

Art. 105 LPI Art. 36.1 LIS IRNR CDI

En una frase

La obra en vivo no se fija en un soporte: se ejecuta en un espacio, ante un público, en un momento irrepetible. Eso cambia cómo se protegen los derechos, se firman los contratos y se financia el espectáculo.

Para quién

Compañías de teatro, danza y circo. Promotoras de conciertos y festivales. Salas, teatros y espacios de programación. Artistas, directores de escena, coreógrafos, compositores y dramaturgos. Managers y agencias.

Qué hacemos distinto

Estamos dentro del sector: conocemos los bolos, las giras, los cachets y las coproducciones. Y financiamos el vivo con los mismos instrumentos que el cine, adaptados a la realidad del escenario.

El directo tiene sus propios derechos

Las artes escénicas y la música en vivo operan en un entorno jurídico con particularidades propias. La representación genera, además de los derechos de autor sobre la obra, derechos conexos de los artistas intérpretes con régimen propio en la LPI. Y cuando el espectáculo se graba, se emite en streaming o se adapta a un formato audiovisual, se activan derechos nuevos que el contrato original de representación no cubría.

En LAW21 trabajamos con compañías, promotores, festivales, salas y artistas. Conocemos las dinámicas del sector —elencos amplios, coproducciones entre entidades públicas y compañías privadas, residencias, artistas extranjeros con su propia carga fiscal— y gestionamos esas interacciones de derechos contractualmente, desde el inicio.

No hablamos del sector desde fuera. Estamos dentro.

Qué hacemos por las artes en vivo
Derechos y contratación artística
01

Derechos de autor sobre la obra escénica

Protección de obras dramáticas, coreográficas, musicales y de puesta en escena, y su registro. Delimitación de la titularidad cuando intervienen múltiples creadores (texto, composición, coreografía, dirección de escena, escenografía, iluminación) y configuración de las cesiones: representación pública, fijación, retransmisión, adaptación y obras derivadas.

02

Contratos con artistas, técnicos y creadores

Contratos de interpretación (actores, bailarines, músicos), dirección escénica, coreografía y composición por encargo, escenografía, vestuario, iluminación y sonido. También la representación con managers y agencias. Cláusulas claras sobre exclusividad, disponibilidad, sustituciones, derechos sobre grabaciones y régimen económico adaptado al sector.

03

Giras, bolos y festivales

Acuerdos de actuación con teatros, salas, promotoras y festivales: caché, gastos de producción, riders técnicos, seguros, cancelaciones y fuerza mayor. Acuerdos marco para giras, coproducciones entre compañías y contratos de residencia. Anticipamos el conflicto en el diseño del acuerdo para que la gira funcione como un plan, no como una sucesión de emergencias.

04

Grabación y explotación digital del espectáculo

Cuando el directo se graba, se emite en streaming o se distribuye en plataformas, se activan derechos que el contrato original no cubría. Gestionamos la ampliación de cesiones, las compensaciones adicionales para elenco y creadores, y la configuración contractual que permite la explotación digital sin conflictos.

Estructura y contratación internacional
05

Contratación de artistas no residentes

Retenciones sobre cachets de artistas y agrupaciones extranjeras que actúan en España: convenio de doble imposición aplicable, base de retención (bruto o neto de gastos), certificados de residencia fiscal y tipos reducidos o exenciones cuando el convenio lo prevé. Incluidas las particularidades de las normativas forales.

06

Forma jurídica de artistas y compañías

La forma adecuada para la actividad artística (autónomo, sociedad, asociación o cooperativa): qué implica cada una en responsabilidad, contratación y acceso a ayudas públicas, y su elección y puesta en marcha, con estatutos y pactos internos a la medida de cada compañía.

Financiación y producción
07

Contratos de financiación para producciones escénicas y musicales

Los espectáculos en vivo son elegibles para los incentivos del art. 36.1 LIS y del REF de Canarias. Estructuramos AIEs y operaciones de inversión adaptando los instrumentos a la realidad del vivo: el concepto de estreno escénico, la contabilización de gastos de gira y la certificación cultural del espectáculo.

08

Coproducciones, residencias y financiación pública

Acuerdos de coproducción entre compañías privadas y teatros públicos, contratos de residencia artística, y solicitud y justificación de subvenciones (INAEM, comunidades, ayuntamientos). Articulamos financiación pública y privada —subvención, AIE y taquilla— dentro del marco de ayudas públicas.

09

Entidades de gestión y licencias

Interacción con SGAE, AIE, AISGE y otras entidades de gestión: derechos de representación pública, comunicación pública de grabaciones y reparto de derechos en espectáculos con música en vivo. Licencias de obras del repertorio administrado para producciones que incorporan obras preexistentes.

Nuestro enfoque

Al ritmo del directo.

Los derechos del directo, gestionados desde el inicio.

La obra, la interpretación y la grabación generan derechos distintos que interactúan de formas complejas cuando un espectáculo se emite, se graba o se adapta. Los ordenamos contractualmente antes de que el problema aparezca.

La misma financiación que el cine, aplicada al vivo.

Los incentivos del art. 36.1 LIS y del REF de Canarias también cubren los espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales. Estructuramos AIEs y tax equity para el escenario con el mismo rigor técnico que en el audiovisual.

Ver Producciones audiovisuales

Contratación de artistas extranjeros, fiscalidad resuelta.

Cuando un artista no residente actúa en España, su caché lleva retención por IRNR y el convenio de doble imposición decide el resto. Asesoramos a promotoras, festivales y salas en la aplicación correcta de retenciones y convenios, y en la regularización cuando algo se practicó mal.

Nos adaptamos al ritmo y a las condiciones del sector.

Las decisiones de producción se toman con plazos cortos, presupuestos ajustados y elencos que cambian; ese es el contexto en el que el asesoramiento tiene que funcionar. Priorizamos los acuerdos que de verdad necesitas, con Legal Design: contratos que tu elenco, tus técnicos y tus coproductores pueden leer y entender. En un sector donde la precariedad contractual ha sido la norma, asesoramos para cambiar esa norma.

Contacto

Hablemos de tu espectáculo.

Si estás produciendo, programando o gestionando artes escénicas o música en vivo y necesitas asesoramiento legal que entienda el sector desde dentro, cuéntanos tu proyecto.

Conexiones
Con Derecho de la Creación

Artes escénicas y música en vivo es una puerta sectorial dentro del área. Para la visión completa del Derecho de la Creación, el área está aquí.

Con Producciones audiovisuales

Compartimos los instrumentos de financiación: AIEs, incentivos del art. 36 y tax equity, explicados en detalle en la página del audiovisual.

Con Creadores de contenido

Si tu compañía o tu música también vive en plataformas y redes, el creador digital tiene página propia.