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Derecho de la Creación

Abogados de propiedad intelectual para software y plataformas digitales.

Tu código es tu creación. Protégelo, licéncialo y hazlo valer.

Art. 96 LPI Art. 97.4 LPI Art. 270 CP Ley 1/2019

En una frase

El software está protegido como obra literaria desde su creación, sin necesidad de registro. Pero la protección automática no equivale a protección efectiva: sin titularidad limpia, licenciamiento coherente y prueba preparada, tus derechos quedan expuestos.

Para quién

Empresas de desarrollo, startups SaaS y PaaS, plataformas digitales, estudios de videojuegos, desarrolladores independientes y equipos open source con modelos híbridos. También inversores en due diligence de PI.

Qué hacemos distinto

Defendemos software en los tribunales, no solo en los contratos. La experiencia en litigios de piratería informa cada contrato que redactamos: protegemos pensando en lo que habría que probar.

Protección automática no es protección efectiva

El código fuente, el código objeto, las interfaces, la documentación técnica y las bases de datos originales generan derechos de autor desde el momento de su creación. Pero sin una estrategia de documentación, contratación y licenciamiento, esos derechos quedan expuestos: disputas de titularidad con empleados y colaboradores, usos no autorizados por terceros y modelos de explotación que no capturan el valor del activo.

En LAW21 asesoramos a empresas tecnológicas, startups SaaS y plataformas en la protección, el licenciamiento, la defensa y la explotación de su software como activo de propiedad intelectual. La mejor defensa del software es una arquitectura contractual bien diseñada desde el inicio, no un procedimiento judicial cuando ya es tarde.

El enfoque habitual

  • Registrar el software
  • Firmar un NDA
  • Copiar la cláusula de PI de otro contrato
  • Esperar a que copien para actuar

El enfoque LAW21

  • Auditar la cadena de titularidad completa
  • Diseñar la contratación para que la titularidad nazca limpia
  • Configurar el licenciamiento como modelo de ingresos
  • Preparar la prueba antes de que haga falta

No necesitas explicarnos tu stack. Necesitas explicarnos tu modelo de negocio.

Qué hacemos por tu software
Protección y titularidad
01

Auditoría y documentación de la PI del software

Identificamos los activos de PI de tu empresa: código original, interfaces, bases de datos, algoritmos, documentación técnica y elementos de UX/UI. Documentamos la cadena de titularidad —qué es creación propia y qué incorpora componentes de terceros— y los riesgos de contaminación. Es la base de cualquier estrategia de protección, licenciamiento o due diligence.

02

Titularidad en equipos de desarrollo

El software creado por un empleado tiene régimen propio en la LPI (art. 97.4), pero solo bajo ciertas condiciones; con freelancers, equipos distribuidos o contribuidores externos, la titularidad hay que configurarla por contrato. Redactamos las cláusulas que aseguran que la empresa adquiere el código de forma limpia y documentada.

03

Registro y depósito de software

Registro de programas en el Registro de la Propiedad Intelectual y depósito de código mediante escrow o depósito notarial: prueba fehaciente de fecha y titularidad que puede decidir un litigio. Y su articulación con el secreto empresarial, las patentes de invención implementada por ordenador y el patent box.

Contratación y licenciamiento
04

Contratos SaaS, licencia y términos de servicio

Licencias on-premise y cloud, acuerdos SaaS y PaaS, términos de uso de plataformas y políticas de uso aceptable. La estructura de derechos se diseña coherente con el modelo de negocio: qué puede hacer el usuario, qué no, qué ocurre con sus datos al terminar el contrato y qué derechos retienes sobre mejoras y derivados.

05

Contratos de desarrollo y outsourcing

Desarrollo a medida, outsourcing, integración de sistemas y mantenimiento evolutivo. El eje de cada contrato es la cláusula de PI: titularidad del código desarrollado, componentes preexistentes de cada parte, régimen de obras derivadas y acceso al código fuente si el contrato se resuelve.

06

Open source y componentes de terceros

Auditoría de cumplimiento de licencias open source (GPL, LGPL, MIT, Apache, BSD), evaluación del riesgo de contaminación copyleft y compatibilidad con modelos propietarios. Auditarlo antes de una ronda o una adquisición es Derecho Proactivo puro: convierte un riesgo latente en una cuestión documentada y resuelta cuando aún se puede negociar.

07

Estrategia de licenciamiento y monetización

Modelos adaptados al negocio: freemium, por usuario, por uso, por módulo, enterprise; híbridos de núcleo propietario y extensiones abiertas; acuerdos OEM y distribución a través de terceros. Y su articulación con el patent box cuando el software incorpora innovación patentable.

Defensa y litigación
08

Defensa contra la piratería de software

Acciones penales por delitos contra la propiedad intelectual (art. 270 y ss. CP) y civiles de cesación e indemnización: obtención de evidencia digital, acreditación del uso infractor, medidas cautelares y cuantificación del daño. Experiencia directa en litigios de piratería de software empresarial con múltiples demandados y alta complejidad probatoria.

09

Conflictos de titularidad y competencia desleal

Disputas entre cofundadores por el código anterior a la sociedad, reclamaciones de exempleados o exfreelancers, apropiación de secretos empresariales (Ley 1/2019) y competencia desleal por imitación de interfaces, scraping o extracción no autorizada de bases de datos protegidas.

10

IA generativa y código

Titularidad del código generado con herramientas de IA, riesgos de contaminación por el código de entrenamiento, políticas internas de uso de IA en el desarrollo y defensa frente al uso de tu código para entrenar modelos de terceros sin consentimiento.

Ver IA y derechos digitales
Nuestro enfoque

El abogado que entiende tech.

Tu software es el activo central, no un trámite registral.

Registrar el software o firmar un NDA son herramientas, no una estrategia. Una estrategia de PI documenta qué partes del código son originales, configura la titularidad cuando desarrollan empleados y freelancers, diseña el licenciamiento como modelo de ingresos y prepara la base probatoria que necesitarás si un día toca defender tus derechos.

Defendemos software en los tribunales.

Procedimientos penales por delitos contra la propiedad intelectual y acciones civiles por uso no autorizado de software con licencia. Conocemos la complejidad probatoria de estos casos, y esa experiencia informa nuestra práctica preventiva: protegemos pensando en lo que habría que probar.

La PI es el eje del contrato, no un bloque estándar.

Muchos contratos SaaS o de desarrollo se redactan desde lo mercantil —precio, plazo, SLA— con una cláusula de PI copiada del contrato anterior. Hacemos lo contrario: la titularidad, la licencia y las contribuciones de terceros son el núcleo. Cuando la PI es el eje, el contrato protege de verdad.

Hablamos tu idioma, con Legal Design.

Entendemos qué es un repositorio, qué implica una dependencia GPL y cómo funciona un modelo de contribución abierto. Diseñamos cláusulas que funcionan con equipos ágiles, licenciamiento que escala con el producto y documentación lista para una due diligence. Y con Legal Design: términos que tus usuarios y tu equipo pueden leer y entender.

Contacto

Hablemos de tu software.

Si desarrollas software, gestionas una plataforma digital o preparas una ronda de inversión y necesitas que la propiedad intelectual esté resuelta, cuéntanos tu caso.

Conexiones
Con Derecho de la Creación

Software y plataformas es una puerta sectorial dentro del área. Para la visión completa del Derecho de la Creación, el área está aquí.

Con Derecho del Emprendimiento

Si tu software es el activo central de una startup, la protección de la PI y la estrategia societaria —pactos, rondas, inversores— se diseñan juntas.

Con IA y derechos digitales

Código que entrena modelos, código generado por IA y derechos sobre los outputs: el cruce tiene página propia.

Con Empresas y cumplimiento digital

Si tu plataforma trata datos personales o integra IA, el cumplimiento del RGPD y del Reglamento de IA vive aquí.