La figura del influencer o prescriptor de criptoactivos ha experimentado la transformación jurídica más radical dentro del nuevo ecosistema normativo de 2025. Si hasta hace poco estos creadores de contenido podían ampararse en la libertad de expresión y alegar que sus publicaciones constituían meras «opiniones personales», el Reglamento MiCA y la Ley 6/2023 han desmantelado completamente este escudo protector.
El cambio fundamental reside en cómo la normativa actual califica jurídicamente la actividad promocional. Ya no existe una línea clara entre publicidad y prestación de servicios de inversión. Cuando un influencer recibe cualquier tipo de contraprestación —dinero, productos o los propios tokens que promociona— y recomienda operar con un criptoactivo, puede estar adentrándose en terreno peligroso: el del asesoramiento en materia de inversión sin autorización.
Esta distinción es crítica porque cambia completamente las reglas del juego. Si la CNMV determina que un influencer no está simplemente haciendo publicidad sino prestando un servicio de asesoramiento, las consecuencias se multiplican exponencialmente. Ya no hablamos de infracciones publicitarias, sino de operar sin licencia en el mercado de valores, una infracción muy grave con sanciones que pueden alcanzar los 700.000 euros para personas físicas.
Pero el verdadero terror para cualquier influencer no debería ser solo la multa económica. La normativa permite algo mucho más devastador: la inhabilitación para ejercer cargos en entidades financieras y, lo que es peor, la publicación de la sanción en el BOE y en los registros públicos de la CNMV. Para alguien cuyo activo principal es su marca personal y reputación digital, esto equivale a una sentencia de muerte profesional.
El caso de Andrés Iniesta ilustra perfectamente cómo ha evolucionado la sensibilidad regulatoria. Cuando en noviembre de 2021 publicó en Twitter que estaba aprendiendo sobre criptomonedas, la CNMV respondió inmediatamente con una advertencia pública. Fue un aviso amistoso comparado con lo que podría ocurrir hoy. Bajo el marco actual, un mensaje similar de un influencer con millones de seguidores podría desencadenar una investigación formal.
La práctica conocida como «pump and dump» —inflar artificialmente el precio de un activo mediante promoción entusiasta para luego vender la posición— ha dejado de ser vista como una simple falta ética. Ahora encaja directamente en los tipos de manipulación de mercado del Reglamento MiCA. Si un influencer promociona un token sin revelar que ya posee una cantidad significativa del mismo, no solo se enfrenta a sanciones administrativas. La fiscalía especializada en delitos económicos está comenzando a examinar estos casos bajo el prisma de la estafa de inversores.
El régimen sancionador específico para personas físicas bajo la Ley 6/2023 es especialmente severo cuando se trata de beneficios obtenidos de forma ilícita. Las sanciones pueden alcanzar hasta el triple del beneficio bruto obtenido como consecuencia de la infracción. Para un influencer cuyo video viral sobre cierta criptomoneda le haya reportado cientos de miles de euros en comisiones ocultas, la factura final podría ser devastadora.
Pero quizás el riesgo más subestimado sea el de la responsabilidad civil. Los seguidores que pierdan dinero invirtiendo en proyectos promocionados por influencers tienen ahora una base jurídica sólida para reclamar indemnizaciones. El artículo 1902 del Código Civil, combinado con los estrictos deberes de diligencia y transparencia establecidos por MiCA, facilita enormemente la carga de la prueba para los inversores perjudicados.
La jurisprudencia está empezando a reconocer el nexo causal entre la capacidad de influencia del prescriptor y las decisiones de inversión de sus seguidores, especialmente cuando se trata de perfiles vulnerables o con escasa formación financiera. Ya no es suficiente con incluir un disclaimer genérico en la descripción del video. Los tribunales están examinando si las advertencias fueron proporcionadas al nivel de entusiasmo de la recomendación.
El contraste con la era pre-MiCA es abismal. Mientras que las primeras sanciones españolas, como la de Miolo Desarrollos, se limitaron a 30.000 euros por infracciones publicitarias graves, el nuevo marco permite sanciones que pueden destruir completamente el patrimonio personal de un influencer. Y no olvidemos que estas sanciones son acumulativas: administrativa, penal y civil pueden aplicarse simultáneamente sobre los mismos hechos.
Los influencers más astutos ya están tomando medidas. Algunos han dejado directamente de hablar sobre criptoactivos. Otros han contratado seguros de responsabilidad civil profesional y asesores legales especializados. Los más precavidos solo mencionan proyectos tras realizar una due diligence exhaustiva y con contratos que delimiten claramente sus responsabilidades.
La recomendación jurídica para cualquier creador de contenido es clara: sin un análisis legal previo del proyecto, sin un disclaimer prominente y ajustado a la normativa, y sin total transparencia sobre cualquier vinculación económica con el emisor, el silencio es la única estrategia verdaderamente segura. El ecosistema de los «finfluencers» ha pasado de ser el salvaje oeste de las recomendaciones financieras a uno de los territorios más minados del derecho financiero europeo.
La ironía es palpable. Los mismos influencers que criticaban el sistema financiero tradicional y promovían las criptomonedas como una alternativa liberadora, se encuentran ahora sujetos a un marco regulatorio más estricto que el que aplica a muchos asesores financieros tradicionales. El péndulo regulatorio ha oscilado con fuerza, y aquellos que no se adapten rápidamente pueden encontrarse no solo con multas millonarias, sino defendiéndose en los tribunales de las demandas de sus propios seguidores.




